El pasado día 22 de marzo de 2002, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que contiene las responsabilidades civiles y administrativas por la tenencia de perros potencialmente peligrosos. La norma también contiene el catálogo de perros que se consideran potencialmente " peligrosos" , así como los requisitos para la obtención de las licencias administrativas y las medidas de seguridad exigibles para su manejo y custodia. La disposición establece un seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros con una cobertura mínima de 120.202 euros ( 20 millones de pesetas). Estarán sujetos a la normativa sobre animales potencialmente peligrosos, los perros pertenecientes a las razas Pit Bull, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rothweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu así como los cruces de estos animales. Los propietarios de estos animales peligrosos deberán obtener una licencia administrativa para la que se exige mayoría de edad, carecer de antecedentes penales y administrativos relevantes (no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos) y disponer de la "capacidad física y la aptitud psicológica" para su tenencia y manejo. A estos requisitos se une la contratación del ya mencionado seguro de RC. Esta licencia administrativa será otorgada por el órgano municipal competente y su validez será de cinco años.
EXTRAIDO DE LA WEB DEL CONSEJO GENERAL DE LOS COLEGIOS DE MEDIADORES DE SEGUROS TITULADOS
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© Carlos Barrachina Loras