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La nueva ley de tráfico contempla la inmovilización de vehículos que circulen sin seguro obligatorio

El BOE de 20 de diciembre de 2.001 ( nº 304) publica la Ley 19/2001 de reforma del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor, y entre cuyas disposiciones destacamos el artículo 70 que dispone que "los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico podrán proceder a la inmovilización del vehículo cuando pueda derivarse un riesgo grave para la circulación, las personas o los bienes ... también podrá inmovilizarse el vehículo cuando no se halle provisto del correspondiente seguro obligatorio de vehículos".

EXTRAIDO DE LA WEB DEL CONSEJO GENERAL DE LOS COLEGIOS DE MEDIADORES DE SEGUROS TITULADOS

Jorge Seguí Soriano C/. Los centelles, 47-bj - 46006 Valencia TEL 963738455

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© Carlos Barrachina Loras